Gils Carbó dictaminó que la prisión preventiva de Milagro Sala es «ilegal»

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La Procuradora general  de la Nación, Alejandra Gils Carbó dijo que: “la detención de Milagro Sala es ilegal y se debe dejar sin efecto”, lo hizo a través de dos dictámenes: en uno de ellos manifiesta que la detención de la dirigente social lesiona la inmunidad de arresto de la que gozan los integrantes del Mercosur, la ley que regula la elección de los parlamentarios del Mercosur (27.120) asimila a los representantes argentinos en el derecho interno a “los diputados nacionales”.  y en el otro dice que el superior tribunal de Jujuy no fundamenta los riesgos procesales para justificar el encarcelamiento.

En nuestro derecho penal la prisión preventiva es la excepción, es decir,  mientras jueces y fiscales  avanzan en la investigación de la comisión de un delito, la persona investigada debe permanecer en libertad durante el proceso salvo cuando se dan dos supuestos: peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación. Esta regla  de ninguna  manera  significa que no debe continuar la investigación.

Ahora la pelota la tienen los “Supremos”. El dictamen de la Procuradora General no es vinculante, es decir que la Corte puede fallar con un criterio distinto, pero apartarse de lo manifestado por  Gils Carbo, les será difícil de justificar. 

Milagro Sala está presa en el penal de Alto Comedero, en Jujuy, desde el 16 de enero de 2016. Fue arrestada a raíz del acampe que realizaba a modo de protesta frente a la gobernación para pedir por la continuidad de las cooperativas. Pero como era imposible que siguiera presa eternamente por esa razón, no bien el juez Gastón Mercau le otorgó la libertad sacó otra resolución que la dejaba detenida por otra causa, por asociación ilícita y fraude, por supuesto desvío de dinero de las cooperativas de trabajo. Luego se agregaron otra causa más para justificar encierro.