La ciudadanía quilmeña sin defensoría del pueblo

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Con una duración de dos años en su mandato, el cargo de Defensor del Pueblo sigue acéfalo. El HCD es el encargado de su designación.

Otra de las tareas pendientes del gobierno municipal es la designación del Defensor del Pueblo, cargo que esta acéfalo desde el último mandato ejercido en 2014, por Luis Bratti, un ex concejal del PRO, que tuvo un desempeño empañado por el acompañamiento a diferentes iniciativas del gobierno de Francisco “Barba” Gutiérrez, en su período de concejal.

El Defensor del Pueblo debe ser propuesto por la oposición y aprobado por el ejecutivo, previa convalidación en sesiones del HCD. En su artículo 1° expresa que “el objetivo fundamental de la Institución es el de proteger los derechos e intereses de los individuos y la comunidad de Quilmes frente a actos, hechos y omisiones de autoridades públicas o de particulares”.

La designación debe darse con la aprobación absoluta del cuerpo de concejales, luego que una comisión de enlace designe a los candidatos propuestos, quienes fueron promovidos por los bloques de la oposición.

Martiniano Molina tiene otra tarea, que es doble: primero, cumplir con las leyes municipales y designar al Defensor del Pueblo. Situación que deja desamparadxs a la cudadanía ante cualquier perjuicio que suceda. Y segundo, no cometer el error de Gutiérrez, al nombrar a alguien de su simpatía. Cabe mencionar que, por ejemplo, los tarifazos trajeron aparejados miles de reclamos que no pudieron ser atendidos como la ley indica.

Hasta el momento, el hombre que suena fuerte y con chances de ocupar el cargo es el Dr. Sebastián Daer, quien ejerce la abogacía y es director del Instituto Ideal para Quilmes. Por otro lado, dentro del oficialismo cuenta con cierto apoyo, lo que facilitaría su designación. Pero hay sectores de la oposición, que no pertenecen a Unidad Ciudadana, que tienen alguna duda.

En la actualidad, el órgano dependiente de la Secretaría de Gobierno y Derechos Humanos, está ocupado por Nicolás Engel, como primer adjunto y el segundo, Gustavo González. Entre las tareas encomendadas al titular del cargo, en el artículo 14, la ordenanza Nº 12186/14 figura que “debe prestar especial atención a aquellos comportamientos que denoten una falla sistemática y general de la Administración Pública Comunal procurando prever los mecanismos que permitan eliminar o disminuir dicho carácter”.